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Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica. Distribuidores provinciales y municipales. Prohibición de incorporar en su facturación, conceptos ajenos a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica ni conceptos adicionales vinculados al servicio público de distribución de energía eléctrica. Necesidad de contar con aprobación del Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA). Excepción. Alumbrado público. Implementación efectiva. Nueva prórroga. Plazo de inicio extendido hasta el 01/01/2021. Organismo de Control de la Electricidad de la Provincia de Buenos Aires (O.C.E.B.A.). Resolución N° 24/2019 (BO del 08/01/2020).
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Texto Completo
Marco
Regulatorio de
Organismo
de Control de
Resolución
N° 24/2019 (BO del
08/01/2020).
VISTO
el artículo 78 del Marco
Regulatorio de
CONSIDERANDO:
Que
a través de
Que,
en dicha inteligencia, dejó
sin efecto todas las autorizaciones conferidas por el Organismo de
Control de
Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires;
Que
todo ello resulta conteste
con el artículo 78 de
Que
la fecha efectiva de la
implementación de dicha medida por parte de los distribuidores
provinciales y
municipales, resultó prorrogada en sucesivas oportunidades, siendo la
última la
dispuesta a través de
Que,
atento que continúan
subsistiendo las mencionadas razones, resulta menester determinar como
fecha de
la efectiva aplicación de lo dispuesto en el artículo 2º de
Que
la presente medida se dicta
en ejercicio de las facultades conferidas por
Por
ello,
EL
DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE
CONTROL
DE
ENERGÍA ELÉCTRICA DE
RESUELVE
ARTÍCULO
1°. Establecer el 1º de
enero de 2021, como la fecha de efectiva aplicación, por parte de los
distribuidores provinciales y municipales, de lo dispuesto en el
artículo 2° de
ARTÍCULO
2º. La presente
Resolución entrará en vigencia el día 2 de enero de 2020. ARTÍCULO 3°.
Registrar. Publicar. Dar al Boletín Oficial y al SINBA. Notificar a las
Distribuidoras con Concesión Provincial y con Concesión Municipal, a
través de
las Federaciones y Asociaciones de Cooperativas. Comunicar a
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